Los requisitos para acceder al cannabis medicinal
Tras la publicación –este martes– de una resolución del Ministerio de Salud que suma exigencias a los médicos, cultivadores y, por carácter transitivo, a los pacientes con indicación clínica de uso de cannabis medicinal, las quejas en el sector empezaron a brotar. Denuncian que hay hasta nueve meses de demora para obtener la autorización que habilita la adquisición de marihuana con fines terapéuticos y que en lugar de atajar ese problema, la cartera que maneja Mario Russo habría sumado nuevas barreras en el acceso.
Desde el Ministerio de Salud negaron que la resolución 3132/2024 tuviera esa finalidad o esas implicancias. Describieron a este medio que la intención fue realizar una serie de cambios en los requisitos para médicos, pacientes y cultivadores que quieran sumarse al Registro del Programa de Cannabis (Reprocann).
Lo hicieron, en efecto, a través de una resolución que modifica una anterior, creada en la órbita de la entonces ministra Carla Vizzotti, en 2020. Es el texto que reglamentó la ley 27.350 (de “Investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados”), cuyo espíritu, critican ahora pacientes y cultivadores, se estaría viendo vulnerado, ya que en lugar de facilitar el acceso al cannabis medicinal, la nueva resolución lo condiciona.
Por lo pronto, desde el entorno de Mario Russo aclararon que en los próximos días convocarán al consejo consultivo del sector (que involucra a unos 15 actores, según estipula la ley), “a fin de trabajar en la implementación de la nueva resolución”. Además, trabajarán “con las provincias en la creación de registros jurisdiccionales”, aseguraron.
Destacaron también un punto importante, y es que la normativa publicada este martes no debería haber sorprendido a nadie, ya que en abril se le había informado al sector que el Ministerio elaboraría en una resolución así.Afirman que hay una ola de amparos por las demoras del Ministerio de Salud en aprobar trámites de Reprocann. Foto Archivo / Maxi Failla
En efecto, hubo una reunión y esa información se compartió, pero los más críticos dicen que de forma parcial. Entonces, Leonardo Busso, secretario de Calidad en Salud, aclaró a los presentes que la resolución tendría por objetivo acotar las patologías para las que fuera lícito indicar cannabis medicinal, un tema controversial para quienes ven en ese gesto un halo de objeción moral al uso del cannabis medicinal, cuando en el mundo siguen surgiendo noticias de usos clínicos innovadores para esta sustancia.
En cualquier caso, la nueva resolución no limitó las patologías aceptadas, como había estimado Busso. Sin embargo, sumó limitaciones destinadas a médicos, «cultivadores solidarios» (una figura creda por la ley) y ONGs habilitadas a distribuir esta sustancia.
Las limitaciones principales son tres y despertaron disconformidad en el sector, en especial en los pacientes que denuncian tener sus trámites de adquisición de cannabis terapéutico trabados en el embudo informático ministerial. En los peores casos, hace nueve meses.
Cannabis medicinal: demoras en el Ministerio de Salud
Esto último lo explicó Juan Palomino, abogado especialista en regulaciones de cannabis, quien contó que, difundida la resolución de este martes, les comenzaron a “llover mails” con reclamos: “Llegaron no menos de mil. Nos colapsó la casilla”. Contó que, por las demoras, solo su estudio tiene presentados “unos 400 amparos en lo que va del año”.
Antes de detallar los cambios que plantea la resolución, hay que decir que el Ministerio no niega esas demoras. Las aceptaron incluso en el comunicado oficial de la reunión de abril, cuando Busso (dice el texto) “informó sobre la situación actual del Reprocann, que por un lado cuenta con una concentración significativa de casos en un reducido número de profesionales de la salud; y por el otro sufre una alta demanda de inscripciones que han saturado el sistema”.
“Ante este panorama (continúa el comunicado), señaló que se está evaluando la implementación de filtros para priorizar el tratamiento de las patologías más urgentes con el objetivo de garantizar que aquellos que necesitan atención inmediata puedan recibirla sin retrasos indebidos”.
A cuatro meses de esa reunión, desde el Ministerio compartieron con Clarín que detectaron “un volumen grande de pedidos que habían quedado retrasados de la gestión anterior”, y dijeron que “se fueron realizando los trámites, priorizando a los pacientes pediátricos”.
El “filtro” mencionado, sin embargo, parece haberse aplicado en más un sentido.
El cambio para los médicos que quieran indicar cannabis medicinal
Según datos oficiales, el Reprocann tiene 192.795 pacientes, 35.326 cultivadores solidarios y 82 ONGs habilitadas para la distribución de esta sustancia. Al cierre de esta nota, el Ministerio de Salud tenía pendiente informar el número de médicos que se registraron en ese programa para prescribir marihuana.
Lo importante es que la nueva resolución toca de distinto modo a cada uno de estos actores. A los médicos y a pacientes les toca sensiblemente el artículo 7° de la normativa, puesto que para inscribirse en ese registro será “requisito excluyente” tener la indicación médica para uso de cannabis y sus derivados “por parte de un profesional médico que se encuentre registrado en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (hasta acá todo es igual que antes) y contar con una Diplomatura o Maestría sobre el uso medicinal de la Planta del Cannabis Medicinal”.Según datos oficiales, el Reprocann tiene 192.795 pacientes, 35.326 cultivadores solidarios y 82 ONGs habilitadas. Foto Archivo / Maxi Failla
Para Palomino «es un absurdo», un requisito de especialización que «ni siquiera se solicita para la indicación de opiáceos como la morfina». Estas últimas sustancias (cabe informar) protagonizan uno de los peores dramas de consumo problemático que afecta a países como Estados Unidos.
Los otros cambios de la resolución sobre marihuana terapéutica
El segundo punto importante de la resolución impone una limitación –para algunos, exagerada– destinada a la figura del cultivador solidario, que es el que “garantiza la materia vegetal”, explicó Palomino, y agregó: “Antes ese cultivador podía tener 150 pacientes vinculados a su cultivo, pero ahora pasa a poder tener solo 2 pacientes vinculados, incluido él mismo, si fuera paciente”.
La normativa además define (en el artículo 4°) que los directivos de las ONG habilitadas para entregar esta sustancia “no posean antecedentes penales que guarden relación con la comisión de un delito relativo al uso de estupefacientes o sustancias prohibidas o el uso indebido del cannabis medicinal”.
Palomino opinó que el texto revela ignorancia de parte de las autoridades, ya que “la palabra que en todo caso debería figurar es tenencia”, en tanto que “uso” –entendido como consumo– «no implica un delito penal». Al revés, debería haberse incluido el concepto de “antecedentes ligados al narcotráfico”, consideró.
Como los nuevos requisitos podrían hacer más difícil para los pacientes conseguir quien les recete y provea cannabis medicinal, desde el sector que representa este abogado creen que el nuevo texto legal “vulnera el espíritu de la ley que regula el uso de cannabis medicinal”.
Lo dicen en alusión al artículo 99 (inciso 2°) de la Constitución, que establece que el Presidente tiene entre sus atribuciones expedir “las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación, cuidando de no alterar su espíritu con excepciones reglamentarias”.
“El Ministerio no tiene la capacidad operativa para tramitar más que 40 solicitudes diarias, cuando en la reunión de abril admitieron que estaban recibiendo de 600 a 1.000 por día”, dijo Palomino, y cerró: “La ley se creó para eliminar las barreras en el acceso al cannabis terapéutico por parte de quienes lo necesitan. Se está haciendo lo contrario y por eso ya hay un grupo de constitucionalistas preparando impugnaciones”.
Fuente: https://www.clarin.com/sociedad/nuevos-requisitos-impuso-gobierno-acceder-cannabis-medicinal_0_41Msv3N7zy.html