Consejo Consultivo de Salud Mental
Salud convoca a la Conformación del Consejo Consultivo Honorario en Salud Mental y Adicciones para el período 2023-2027
Las organizaciones que se postulen deberán estar vinculadas al campo de la salud mental y los consumos problemáticos y trabajar de acuerdo a los lineamientos de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657.
El Ministerio de Salud de la Nación, a través de la Resolución 3672/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial, convoca a la conformación del Consejo Consultivo Honorario en Salud Mental y Adicciones para el período 2023-2027, con la misión de formular propuestas sobre la aplicación de la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657.
Se podrán presentar organizaciones vinculadas al campo de la salud mental y los consumos problemáticos que trabajen de acuerdo a los lineamientos de la mencionada ley, pertenecientes a las siguientes categorías: organizaciones de personas usuarias de los servicios de salud mental y familiares; sindicatos que agrupen a trabajadores del campo de la salud mental y las adicciones; asociaciones y colegios de profesionales del campo de la salud mental y las adicciones; organizaciones de la sociedad civil que trabajen en el campo de la salud mental, los derechos humanos y la discapacidad psicosocial, entre otros temas afines; y espacios académicos del campo de la salud mental y las adicciones.
Las organizaciones que se postulen deberán enviar toda la documentación con los antecedentes correspondientes en el plazo de 45 días corridos a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial, debiendo constar:
- Datos de la organización: denominación y tipo de organización (asociación civil, fundación, red, federación, sindicato, etc.), dirección, código postal, número de teléfono, dirección de correo electrónico, sitio web y/o redes sociales y modalidad de funcionamiento.
- Constancia de inscripción que acredite –en caso de corresponder– personería jurídica, número y fecha en la que fue otorgada y organismo que la concedió. En ausencia de la misma, se podrá acreditar a través de las siguientes alternativas: constancia de personería jurídica en trámite; constancia de autoridad que acredite su existencia y funcionamiento regular; en caso de tratarse de una red de organizaciones, documento con la firma de cada una de ellas donde conste su integración a la misma.
- Antecedentes y breve reseña de la historia de la organización.
- Categoría o categorías para las que se postula.
- Fotocopia autenticada del acta fundacional o documentación donde consten los objetivos de la organización.
- Información relativa a las actividades que realiza, con la documentación respaldatoria que hubiera disponible.
- Área territorial de acción que abarca.
- Padrón o listado de asociados o adherentes, con teléfono de contacto.
- Avales de personalidades, expertos y/o autoridades gubernamentales con trayectoria en la defensa de la salud y los derechos humanos, con teléfono de contacto de cada uno.
- Nota dirigida a la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental y Consumos Problemáticos donde expresen los motivos por los cuales desean integrar el Consejo Consultivo Honorario en Salud Mental y Adicciones.
- Datos del apoderado, debidamente designado por la organización, o persona facultada para representarla ante la Dirección Nacional en el proceso de selección de postulantes.
- Nombres y fotocopia de DNI de los candidatos a Consejero Titular y Consejero Suplente, en representación de la organización, quienes no deberán tener relación laboral con ningún organismo público nacional involucrado en la aplicación de la Ley Nacional Nº 26.657.
- La documentación mencionada debe ser presentada por mesa de entrada del Ministerio de Salud de la Nación en el horario de atención y recepción de documentación de 9 a 17 horas o enviada por correo electrónico a consejoconsultivo2023@msal.gov.ar.
A fin de seleccionar a las organizaciones integrantes, se tendrán en cuenta los siguientes criterios: historia y compromiso de la organización con la temática de la salud mental y los derechos humanos; compromiso de la organización con la plena implementación de la Ley Nacional de Salud Mental; nivel de representatividad de la organización; distribución federal del consejo consultivo; calidad de los avales presentados; antigüedad de la organización; alcance de sus actividades; tipo y calidad de actividades desarrolladas.
Fuente: Télam